El penúltimo acto de la era Petro no lo escribió la oposición, sino una congresista de su propio partido. El 10 de junio de 2026, Gloria Arizabaleta, presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara y militante del Pacto Histórico, ordenó la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro hasta el 21 de junio a las 4:00 p. m., justo cuando cierren las urnas de la segunda vuelta. La medida, inédita en la historia de Colombia, nació herida de muerte jurídica —y, paradójicamente, le sirve al petrismo más de lo que lo perjudica.

¿Por qué se ordenó la suspensión?

Arizabaleta sostuvo que existían "serios elementos de juicio" para apartar al mandatario mientras avanza una investigación por presunta "participación indebida en política", una falta gravísima asociada al artículo 60 de la Ley 1952 de 2019, que prohíbe a los servidores públicos intervenir en las contiendas electorales. El trasfondo es real: Petro ha acompañado de forma abierta la candidatura de Iván Cepeda y antes había sembrado dudas sobre el conteo electoral. Desde Nueva York, donde participaba en una sesión del Consejo de Seguridad de la ONU, el presidente lo negó: "No he participado en política", y advirtió que "la ley ha sido violada y eso implica un proceso en la Corte Suprema".

Una medida que casi nadie cree válida

El rechazo fue transversal, algo insólito en la polarización colombiana. El ministro del Interior, Armando Benedetti, fue tajante: "La Comisión de Acusaciones no puede suspender al Presidente de la República, y menos la voluntad de una sola representante". El penalista Francisco Bernate coincidió en que el presidente "no está suspendido", porque "una ponencia de estas de la Comisión de Acusaciones no puede suspender al presidente Petro". La senadora Angélica Lozano recordó el artículo 194 de la Constitución: una suspensión exige un recorrido completo —voto en comisión, plenaria de Cámara, comisión instructora de cinco senadores y, finalmente, plenaria del Senado—, y solo el Senado puede decretarla. La decisión de Arizabaleta saltó todos esos pasos.

El verdadero beneficiario

Aquí está el giro que vuelve esta crisis un capítulo más del manual petrista. Si la medida es inejecutable, ¿a quién sirve el escándalo? La oposición no tardó en responder. La senadora Paloma Valencia la despachó como "mucho ruido y mucho humo" y preguntó: "¿A quién beneficia esto?". Federico Gutiérrez fue más lejos y la leyó como una estrategia de victimización para "indignar a sus seguidores" antes del balotaje: "No crean bobos a los colombianos". Incluso Abelardo de la Espriella, el candidato que más ganaría con un Petro debilitado, calificó el auto de "ataque legislativo" sin "ninguna facultad legal" y acusó al oficialismo de querer "robarse las elecciones". El patrón es conocido: un Gobierno que convierte cada tropiezo institucional —ayer el fraude inexistente, hoy una suspensión sin piso— en combustible para la épica de la víctima.

¿Qué cambia para el balotaje del 21 de junio?

En términos formales, poco: Petro sigue siendo presidente y entregará el cargo el 7 de agosto pase lo que pase. En términos políticos, mucho. La segunda vuelta enfrenta a un De la Espriella que ganó la primera con holgura y a un Cepeda que llega por detrás, y un relato de "autogolpe" o de persecución puede mover al electorado abstencionista de izquierda. Lo que queda dañado, una vez más, es la confianza en las reglas.

CandidatoPrimera vuelta (31 may 2026)
Abelardo de la Espriella43,74 %
Iván Cepeda40,9 %
Paloma Valencia6,9 %
Sergio Fajardo4,26 %

La lección de fondo es incómoda para el petrismo: tras casi cuatro años, el proyecto llega a su recta final envuelto en denuncias de intromisión electoral y en un pulso institucional que ni sus propios aliados saben defender con la Constitución en la mano. Como resumió el jurista Mauricio Gaona, "la institucionalidad no se protege vulnerando la Constitución, sino respetándola".